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Legislación Pública

Esta sección facilita el acceso a los principales marcos legales de referencia para entidades sin ánimo de lucro.

Leyes relacionadas con el voluntariado, la transparencia institucional y el funcionamiento de entidades sociales que deben regir la acción social.

Leyes vinculadas a derechos y funciones del voluntariado, así como de los trabajadores

Ley del Voluntariado

Ley de aplicación a las personas voluntarias, destinatarias y entidades de voluntariado que participen, se beneficien o lleven a cabo programas de voluntariado y que tiene por objeto promover y facilitar la participación solidaria de la ciudadanía en actuaciones de voluntariado, fijar los requisitos que deben reunir las personas voluntarias y el régimen jurídico de sus relaciones con las entidades de voluntariado y con las personas destinatarias, entre otras.

Convenio colectivo negociado al amparo del Título III del Estatuto de los Trabajadores. Sus disposiciones tienen naturaleza normativa y eficacia general, por lo que obligan a todas las entidades, organizaciones y/o empresas comprendidas dentro de su ámbito funcional, personal y territorial.

Leyes vinculadas a transparencia institucional y económica

Ley que tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento. (Ver artículo 3 sobre sujetos obligados, ayudas públicas o subvenciones obtenidas por entidades privadas).

Ley que tiene como objeto la regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las Administraciones públicas, en nuestro caso, a las entidades sin ánimo de lucro y Asociaciones / Fundaciones semejantes.

Reglamento que cumple con la doble función de desarrollar aquellas previsiones de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y a su vez, una función que tiene una proyección innovadora, y que busca incorporar reglas, técnicas, procedimientos y sistemas de gestión que se traduzcan en mejoras sustanciales en la gestión de subvenciones por parte de las Administraciones públicas.

Esta Ley tiene por objeto regular el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, como son las fundaciones, asociaciones y federaciones de utilidad pública, entre otras, en consideración a su función social, actividades y características y regular los incentivos fiscales al mecenazgo entendido como la participación privada en la realización de actividades de interés general.

Leyes vinculadas a la constitución de entidades/asociaciones sin ánimo de lucro y/o de Utilidad Pública

Ley Orgánica que tiene por objeto el derecho de asociación reconocido en el artículo 22 de la Constitución y establecer aquellas normas de régimen jurídico de las asociaciones que no tengan fin de lucro y que no estén sometidas a  un régimen asociativo específico.

Se atribuye a este Registro la competencia para la inscripción de las asociaciones de ámbito estatal, de aquellas que no desarrollen principalmente sus funciones en el ámbito territorial de una comunidad autónoma y de las asociaciones extranjeras que ejerzan actividades en España de Forma estable.

Ley que regula a las organizaciones de carácter privado, surgidas de la iniciativa ciudadana, que responden a criterios de solidaridad y participación social, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y ejercicio de los derechos civiles, económicos, sociales o culturales de personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad o que se encuentran en riesgo de exclusión social. 

Real Decreto que tiene por objeto regular los procedimientos de declaración de utilidad pública de asociaciones, así como de las federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones, la rendición de las cuentas de dichas entidades cuando estén declaradas de utilidad pública y la revocación de las declaraciones de utilidad pública, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación. 

Ley que tiene por objeto desarrollar el derecho de fundación, reconocido en el artículo 34 de la Constitución y establecer las normas de régimen jurídico de las fundaciones como organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.